El Tribunal Europeo de Derechos Humanos impone el límite de la renta media anual per cápita a las tasas judiciales

La difícil subsunción del impuesto de timbre sobre documentos judiciales entre las tasas judiciales relacionadas con la remuneración consideradas por el Tribunal (Nota al Tribunal Europeo de Derechos Humanos: Asunto Mandev y otros contra Bulgaria de 21 de mayo de 2024)

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.6092/issn.2036-3583/21320

Palabras clave:

court EDU, registration fee, court fees, court fees of a remuneratory nature, admissibility

Resumen

El 21 de mayo de 2024, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó una sentencia muy innovadora que está llamada a ser un hito en la aplicación de los derechos humanos a los asuntos fiscales. Por mayoría de cinco votos contra dos, se dictaminó que las tasas judiciales, si tienen carácter remunerativo, no pueden superar en ningún caso un umbral máximo, que se basa en la renta media anual per cápita del Estado de que se trate. Es la primera vez que un tribunal internacional de derechos humanos aborda el nivel confiscatorio de los impuestos, fijando un límite que no es relativo (como un determinado porcentaje máximo del impuesto sobre la renta), sino absoluto, estableciendo un desembolso monetario máximo en términos cuantitativos. Esta decisión abre interesantes escenarios sobre la potencial aplicabilidad del principio establecido por el Tribunal también a la fiscalidad italiana, y en particular al impuesto de registro sobre actos judiciales.

Publicado

2025-04-10

Cómo citar

Cimino, F. A. (2024). El Tribunal Europeo de Derechos Humanos impone el límite de la renta media anual per cápita a las tasas judiciales: La difícil subsunción del impuesto de timbre sobre documentos judiciales entre las tasas judiciales relacionadas con la remuneración consideradas por el Tribunal (Nota al Tribunal Europeo de Derechos Humanos: Asunto Mandev y otros contra Bulgaria de 21 de mayo de 2024). Studi Tributari Europei, 14(1), II.61 - II.81. https://doi.org/10.6092/issn.2036-3583/21320

Número

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