La respuesta definitiva al cálculo de la base imponible del IVA en las operaciones no declaradas
DOI:
https://doi.org/10.6092/issn.2036-3583/13814Palabras clave:
neutralidad fiscal, IVA, base imponible, regularización, proporcionalidadResumen
La determinación de la base imponible del IVA en las transacciones fraudulentamente ocultas ha sido objeto de una importante controversia jurídica, tanto en la normativa interna española como a en la jurisprudencia de la Unión. Se trata de una cuestión donde entran en juego principios clave del IVA, como la neutralidad fiscal y la lucha contra el fraude. El Tribunal Supremo ha dictaminado que la solución coherente con el principio de neutralidad fiscal es considerar incluida la cuota repercutida en el precio intercambiado. Recientemente el TJUE ha convalidado esta doctrina, si bien limitándola a supuestos en que no se puedan regularizar las cuotas del impuesto.
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