La Facoltá di Giurisprudenza de Bolonia ha decidido recordar y honrar a los grandes juristas que fortalecieron la enseñanza durante il secondo Novecento, es decir, la segunda mitad del Siglo XX tras el desastre de las dos Guerras Mundiales. En este grupo de profesores no podía faltar Antonio Berliri, que tanto bien había hecho a la disciplina del Derecho Tributario. Los responsables de esta colección publicada por la Fondazione Bologna University Press en este año 2025 encargaron la tarea a Adriano di Pietro, puesto que el primer discípulo de Berliri, Furio Bosello, había muerto a finales del 2002; su recuerdo perdura entre nosotros. Di Pietro no fue alumno directo de Berliri pues cuando se incorporó en 1973 a la Facultad boloñesa como profesor titular hacía cinco años que enseñaba en Roma; sin embargo, siempre se consideró su discípulo dado el tiempo que dedicó al estudio de sus obras y la buena relación personal que siempre mantuvo con el Maestro.
Así que Adriano cogió papel y pluma, ordenó sus recuerdos y sus ideas y puso el corazón al servicio de tan digna causa. El resultado fue un libro de bolsillo de menos de 100 páginas que desborda el afecto al Maestro, el respeto a sus compañeros y discípulos del vasto campo de la Economía, la Hacienda y la Fiscalidad. Está escrito con elegante simplicidad, sin aspavientos ni dogmatismos, con elegancia natural. Tal vez la primera persona que advirtió el valor del contenido de este libro, tanto por lo que explica sobre el legado del Maestro como por la forma en que lo expone su autor, debió ser Juan José Gutiérrez Alonso, Rector del Colegio de San Clemente de los Españoles, ubicado en Bolonia desde el lejano siglo XIV hasta nuestro días. A él se debe la propuesta del acto de presentación de dicha obra en la sede del Colegio, con el que Adriano siempre ha tenido buenas relaciones y ánimo de ayuda en varias de las difíciles ocasiones que ha atravesado esta Institución. El acto tuvo lugar el pasado 5 de junio de 2025 con un programa académico de máxima simplicidad: la presentación correspondió al citado Rector; intervinimos luego cuatro antiguos alumnos del Colegio de San Clemente, todos ellos catedráticos de Derecho Financiero y Tributario: Álvaro Rodríguez Bereijo, Juan Martín Queralt, Miguel Ángel Collado Yurrita y yo mismo, que firmo esta reseña. También participó Andrea Fedele, ordinario de la citada disciplina en la Universidad La Sapienza de Roma.
Todos hablamos con máxima libertad; nos saltamos los límites del libro objeto de presentación y navegamos a nuestro aire por el complejo mundo de los impuestos con frecuentes comentarios sobre la situación política actual de España. Quienes habíamos estudiado previamente las páginas sobre el planteamiento general de Berliri nos dimos cuenta de que todo lo que había que decir estaba dicho por Adriano con palabras justas y una sutil profundidad. Y este convencimiento fue el que impulsó que nos sintiéramos libres en nuestras respectivas intervenciones, sin dañinas limitaciones académicas. Las obras del gran Maestro ya habían dado su fruto y las explicaciones y comentarios de su gran discípulo resumieron de forma ejemplar el camino seguido. Por tanto, participábamos en un acto en el que debíamos rendir homenaje a Berliri y a Di Pietro. Y así lo hicimos de manera natural y sin previo acuerdo.
El Maestro llegó a la Facultad de Bolonia a la altura de 1953, en la que permaneció hasta 1968, con el empeño de separar la disciplina de Derecho Tributario del conglomerado de Scienza delle finance e diritto financiario, que sobrevivía sin identidad específica en manos de economistas y juristas, muchos de ellos con sólidos conocimientos y buenas relaciones con el nuevo ordinario de dicha Facultad. El año anterior había publicado el volumen I de los Principi di Diritto Tributario en el que explicó con claridad que su objetivo era la imposición y la recaudación de los impuestos. Cinco años más tarde, en 1957, publicó el volumen II de dichos Principi en el que estudió y construyó la relación jurídica tributaria, concebida en general como la columna vertebral de la nueva disciplina. Y finalmente, en 1964, apareció el volumen III que fue el único que tenía un título general: L´Accertamento. Un término obscuro de cuyo contenido convendría hablar con mayor detenimiento, aunque se ha convenido que se ocupa de la comprobación y verificación de las actuaciones en el ámbito de la fiscalidad. El primero de estos dos términos es el que aparece en la traducción al español de este tercer libro que hizo Carlos Palao en 1973.
¿Por qué se ha dado tanto protagonismo al grupo citado de profesores españoles en la presentación de este magnífico libro italiano (un italiano vero)? Tal vez sea conveniente un breve comentario sobre el origen de la fraternidad de los profesores de este ámbito de Italia y España.
Antes de la publicación de ese volumen III de Berliri comenzaron a aparecer a partir de 1955 en el Colegio de San Clemente un grupo relativamente amplio de españoles licenciados que querían obtener en Bolonia (nuestra Alma Mater Studiorum) su título de doctor y que estaban atraídos por el Derecho Tributario cuando en España no existía aún esta asignatura. Pero debe advertirse que en la Facultad de Madrid habían ya destacado algunos trabajos del profesor Fernando Sáinz de Bujanda sobre la configuración del Derecho Financiero y del Derecho Tributario que desarrolló más adelante en los siete tomos de su magna obra Hacienda y Derecho, el primero de los cuales apareció bajo el título Introducción al Derecho Financiero de nuestro tiempo; fue publicado en 1962 por el Instituto de Estudios Políticos. Era un planteamiento distinto al de Berliri pero muy cercano en sus preocupaciones por una regulación jurídica convincente en el campo de la Hacienda.
Varios de sus destacados alumnos se sintieron atraídos por esta perspectiva de la fiscalidad y decidieron hacer sus tesis doctorales en la Facultad de Bolonia como becarios de dicho Colegio y alumnos de Berliri. Los dos primeros fueron Jaime García Añoveros, futuro Ministro de Hacienda, y Fernando Vicente Arche (1955-1956). Les siguió Matías Cortés (1961-1962), que escribió durante su estancia en la Universidad de Granada el primer manual español de Derecho Tributario; y al año siguiente Carlos Palao (1963-1964). Todos ellos aprendieron la nueva disciplina en las clases de Berliri y en los primeros volúmenes de sus Principi; pero al volver a las Universidades españolas tuvieron que concursar a la cátedra de Economía, Hacienda y Derecho fiscal, que era el totum revolutum del que se quería extraer el estudio jurídico de la fiscalidad para su enseñanza universitaria. Palao fue el último que ganó esa amplia cátedra de la que, poco tiempo después, se escindió el Derecho Tributario. José Ferreiro y yo permanecimos en el Colegio de Bolonia (1964-1965), en el que estuvo también Álvaro Bereijo (1965-1966). Los tres seguimos el camino de los profesores antes citados como discípulos del Maestro sin faltar a sus tranquilas clases en la Facultad y sumergidos en el estudio de sus dos volúmenes antes citados. No queríamos enseñar Economía Política ni Hacienda Pública y nos centrábamos en el estudio jurídico de la parte general de la fiscalidad de la mano amable de Berliri. Y poco tiempo después de volver a España al final de la década de 1960 se convocó una plaza de la cátedra tradicional de Economía, Hacienda y Derecho Fiscal. Se celebraron los seis ejercicios de aquella época y el Tribunal decidió dejarla vacante tras informarnos con cortesía de que era la vía más rápida para lograr la separación de la disciplina de Derecho Financiero y Tributario. Y, en efecto, así lo hizo el Ministerio correspondiente. A partir de aquel momento nos liberamos del intento de ser economistas y hacendistas. Esta novedad tan esperada la debemos a dos magníficos economistas (Enrique Fuentes Quintana y Jesús Prados Arrarte) y a dos juristas de alta calidad (Fernando Sáinz de Bujanda y Jaime García Añoveros). Dios los bendiga.
Después de este feliz acontecimiento Di Pietro tuvo un papel relevante en la enseñanza de nuestra disciplina. Se incorporó en 1973 a la Facultad del alma mater como profesor titular. Conocí a Adriano y Eleonora a finales de 1983 gracias a que Gabriel Casado, profesor titular de nuestro Departamento de la Universidad de Granada, se incorporó al Colegio de España (1978-1979). Le dirigió la tesis Furio Bosello y tuvo buena amistad con Di Pietro, que aceptó la invitación de pasar unos días en la Universidad de Granada a finales de 1983; fue el comienzo de una gran amistad. En 1985 fue nombrado catedrático de la Universidad de Ferrara. Pero en 1991 volvió a Bolonia hasta su jubilación en 2015. Durante las décadas de 1980 y 1990 tuvo una actividad sorprendente; nunca olvidaré las múltiples reuniones anuales orientadas al análisis de la fiscalidad de la Unión Europea, a la que España no perteneció hasta 1986. Allí nos hemos reunido en muchas ocasiones profesores y especialista de este ámbito italianos, franceses, belgas, alemanes, holandeses, españoles y altos funcionarios de la Comisión Europea. Berliri apareció en una de las primeras reuniones (a la que no me fue posible asistir); y más tarde, tras su muerte en 1987, nos parecía normal que se presentaran en algunas ocasiones su esposa y su hija a saludar a amigos y admiradores del Maestro, siempre presente entre nosotros.
Los últimos méritos de Adriano han sido, en primer lugar, la creación de la Scuola Europea di Alti Studi Tributari; lamento que la Universidad de Bolonia no haya sido capaz de mantenerla. En segundo lugar, la creación a partir de 2009 de la Rivista de Studi Tributari Europei, ajena a dicha Universidad, que ya va por su número 15, cada día más conocida y más nutrida de artículos de interés y buen nivel académico.
Finalmente quiero hacer una breve referencia a la personalidad de Antonio Berliri que yo conocí. Como ya he dicho, sus clases eran tranquilas y provechosas. Hablaba con Ferreiro y conmigo con una grata naturalidad y siempre con mensajes positivos. Cuando en los primeros días me preguntó si había pensado algún tema para la tesis doctoral le dije que me atraía el Impuesto sobre el Valor Añadido. Guardó silencio, como callan los Maestros que dan por supuesto que sus discípulos los entenderán. Unos meses más tarde me di cuenta de que no tenía conocimientos para enfrentarme a ese nuevo tributo y que no había ningún libro en la biblioteca de la Facultad porque el IVA no existía aún en la Comunidad Económica Europea (la primera y la segunda Directiva se aprobaron en 1967). Era en Francia donde se estudiaba este asunto; pero yo estaba en Italia, que no exigió este tributo hasta 1980. Así que le propuse un nuevo tema doctoral; lo aceptó y tuvimos frecuentes conversaciones sobre su contenido y no tuvo inconveniente en leer los folios que le entregaba al terminar cada capítulo. Su paciencia no tuvo límites. Siempre fue amable y cuando, más tarde, nos invitó a María Isabel y a mí a cenar en su casa de Roma; él y su esposa supieron crear un clima familiar que aún no hemos olvidado.
Espero que el lector admita que a mi edad no puedo dejar de decir estas cosas cuando rendimos homenaje a dos profesores relevantes cargados de conocimientos y de humanidad.